El divorcio express ante notario ha transformado la forma en la que muchas parejas en España disuelven su matrimonio de mutuo acuerdo. Desde la entrada en vigor de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, esta fórmula permite formalizar la ruptura sin necesidad de pasar por un juzgado, siempre que no haya hijos menores o discapacitados con medidas de apoyo, y que ambos cónyuges estén de acuerdo en todo.
A continuación, vamos a explicarte cómo funciona este procedimiento notarial, qué condiciones exige, qué documentos necesitas y por qué puede ser la opción más ágil y económica.
¿Qué es el divorcio express notarial y cuándo puede utilizarse?
El divorcio express ante notario es una modalidad de divorcio de mutuo acuerdo que permite a los cónyuges poner fin legalmente a su matrimonio mediante una escritura pública notarial, en lugar de acudir a los tribunales. Esta posibilidad se abrió con la reforma de la Ley de Jurisdicción Voluntaria en 2015 y se integra en el artículo 82 del Código Civil (CC), en relación con el artículo 54 de la Ley del Notariado.
Para que esta vía sea legalmente válida, deben cumplirse varias condiciones esenciales:
- Que no existan hijos menores no emancipados ni hijos mayores con la capacidad modificada judicialmente a cargo de los progenitores.
Que haya transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio, salvo que se acredite riesgo para la vida o integridad de alguno de los cónyuges o los hijos (art. 81 CC). - Que ambos cónyuges estén de acuerdo en divorciarse y en las condiciones pactadas mediante un convenio regulador.
- Que al menos uno de los dos cónyuges resida en España, justificado mediante certificado de empadronamiento.
- Que la mujer no esté embarazada, en cuyo caso podría haber implicaciones que afecten al interés de un futuro hijo común, lo que desaconsejaría el procedimiento notarial.
Requisitos legales para acogerse al divorcio express ante notario
Profundicemos en los requisitos que exige la normativa para optar por este procedimiento:
- Ausencia de hijos menores o con discapacidad: No puede optarse por esta vía si existen hijos comunes menores de edad o con discapacidad con medidas de apoyo judicialmente atribuidas a los progenitores. En estos casos, es obligatoria la intervención del Ministerio Fiscal, lo que exige recurrir al procedimiento judicial.
- Mutuo acuerdo pleno: Ambos cónyuges deben manifestar de forma voluntaria y coincidente su deseo de divorciarse y deben haber alcanzado un acuerdo sobre todos los efectos del divorcio, que se formaliza en el convenio regulador. No se trata solo de la voluntad de divorciarse, sino de acordar cuestiones como el reparto de bienes, pensiones, vivienda, etc.
- Elaboración y firma del convenio regulador: El convenio debe incluir, entre otros aspectos:
- El uso de la vivienda familiar
- La liquidación del régimen económico matrimonial (si es gananciales o sociedad foral)
- La existencia o no de pensión compensatoria
- Tres meses desde el matrimonio: Tal y como establece el artículo 81 del CC, no se podrá solicitar el divorcio hasta que hayan transcurrido tres meses desde la fecha del matrimonio, salvo situaciones excepcionales por violencia o riesgo para la vida.
- Residencia en España de al menos uno de los cónyuges: El notario solo podrá intervenir si la competencia territorial está justificada. Es decir, debe ser competente territorialmente el notario del último domicilio común o del domicilio actual de cualquiera de los cónyuges.
- Intervención obligatoria de abogado: La presencia de un abogado en ejercicio es obligatoria durante todo el proceso. Lo regula el artículo 54.2 de la Ley del Notariado, que exige que los cónyuges estén asistidos de letrado en el momento de otorgar la escritura pública. Puede tratarse del mismo abogado para ambos o de uno para cada parte si así lo prefieren.
Procedimiento detallado paso a paso del divorcio notarial
A continuación, te explicamos los pasos concretos que deberás seguir para divorciarte ante notario:
1. Elaboración del convenio regulador
Deberá ser redactado con la asistencia de un abogado y firmado por ambos cónyuges. En él se plasmarán los acuerdos sobre:
- La disolución y liquidación del régimen económico matrimonial (gananciales, separación de bienes…)
- Reparto de bienes y deudas
- Uso de la vivienda común
- Establecimiento o no de pensión compensatoria
- Otras disposiciones pactadas
2. Elección del notario competente
Se podrá acudir a cualquier notaría del lugar del último domicilio conyugal o del domicilio actual de cualquiera de los cónyuges. Es imprescindible justificar el empadronamiento correspondiente.
3. Reunión de la documentación
Deberás aportar:
- DNI o NIE de ambos cónyuges
- Certificado literal de matrimonio
- Certificado de empadronamiento
- Libro de familia
- Certificados de nacimiento de los hijos mayores, si existen y están implicados en el convenio
- Documentación acreditativa de los bienes (escrituras, notas simples…) si se liquida el régimen económico.
4. Comparecencia ante notario
Ambos cónyuges, acompañados del abogado, deberán comparecer personalmente en la notaría para firmar la escritura pública de divorcio. El notario comprobará que:
- Existen los documentos exigidos
- Se cumplen los requisitos legales
- El consentimiento de ambos es libre y consciente
- El convenio regulador es conforme a derecho
Tras confirmar todo esto, se firma el acta de divorcio.
5. Inscripción en el Registro Civil
El notario remitirá telemáticamente la escritura al Registro Civil para que se inscriba la disolución del matrimonio.
¿Qué ventajas ofrece el divorcio express ante notario?
Esta modalidad ofrece importantes beneficios respecto al procedimiento judicial, especialmente en términos de tiempo, coste y simplicidad:
- Rapidez: puede completarse en 48 a 72 horas si se dispone de toda la documentación y el notario tiene disponibilidad.
- Menor coste: se evitan tasas judiciales y no es necesario procurador.
- Menor desgaste emocional: al evitar la vía judicial, se reduce la tensión entre las partes.
- Agilidad para liquidar gananciales: puede integrarse en la misma escritura el reparto de bienes comunes, lo que evita trámites posteriores.
¿Qué pasa si existen bienes gananciales?
En caso de que el matrimonio estuviera sujeto a régimen de gananciales, la pareja puede acordar su liquidación en la misma escritura de divorcio. Para ello, se debe incorporar un inventario de bienes y deudas, así como su adjudicación a cada cónyuge.
Este acto tiene efectos económicos relevantes y puede generar costes notariales y fiscales adicionales, especialmente si se transmiten inmuebles o vehículos. También pueden derivarse implicaciones en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o en el IRPF, según los casos.
En conclusión, si tú y tu pareja no tenéis hijos menores, estáis de acuerdo en todo y contáis con un abogado que os asista, el divorcio express ante notario es la vía más rápida, sencilla y económica para poner fin al matrimonio.
Evita los tiempos de espera de los juzgados, reduce la burocracia y permite resolver en días lo que en otros casos puede tardar meses. Es una fórmula muy recomendable en rupturas pacíficas donde no hay disputas patrimoniales graves ni menores implicados.
Eso sí: asegúrate de que el convenio regulador esté bien redactado, que el notario elegido sea competente territorialmente y que cuentas con toda la documentación necesaria.

